• Modificaría la integración del Órgano de Gobierno, evitaría la duplicidad de funciones en materia laboral y quedaría expresa en la normativa su autonomía patrimonial.
El Poder Judicial del Estado de Veracruz, presidido por la magistrada Isabel Inés Romero Cruz, presentó ante la LXVI Legislatura una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos del Estado, con el objeto de fortalecer y definir, con mayor claridad, la conformación, autonomía patrimonial y atribuciones en materia laboral del Centro Estatal de Justicia Alternativa (CEJAV).
En primer término, el documento refiere que desde su creación, a pesar de estar adscrito al Poder Judicial, el CEJAV cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, gozando en el desempeño de sus atribuciones con autonomía de gestión, técnica y administrativa, el cual es regido por un Órgano de Gobierno integrado por diversos funcionarios del Poder Ejecutivo y Poder Judicial del Estado.
Con la finalidad de robustecer al Organismo Autónomo en la toma de decisiones, la iniciativa propone sea modificada la composición del citado Órgano de Gobierno para que en lugar de ser integrado por una magistrada o magistrado de la Visitaduría Judicial, se constituya por una magistrada o magistrado perteneciente al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial estatal.
Lo anterior obedece a que el Consejo de la Judicatura, es el encargado de conducir la administración, vigilancia, disciplina y carrera del Poder Judicial, por lo cual se allegaría con los parámetros tendientes a cumplir con el acceso a la justicia de la ciudadanía.
Asimismo, indica la necesidad de mencionar, de manera expresa, la constitución del CEJAV aludiendo a su autonomía patrimonial, el derecho de sus bienes inmuebles, así como las aportaciones e ingresos federales y municipales que pudiera percibir.
Además, en alcance a las reformas establecidas en la Cartas Magnas Federal y Estatal en la materia, la propuesta refiere la necesidad de definir las atribuciones que el multicitado Centro tendrá dentro de sus competencias en la conciliación de conflictos, evitando con ello la duplicidad de funciones con los Centros de Conciliación local en relación con lo laboral, creados específicamente de acuerdo con las disposiciones del nuevo sistema de justicia.
La Presidencia de la Mesa Directiva remitió la iniciativa, para su estudio y dictamen, a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.